TAILANDIA: RECONOCEN ORIGEN Y LEVANTAN GARANTÍAS EN VAJILLA
La medida reconoce el origen tailandés de una operación puntual y ordena devolver garantías, con excepción para futuras importaciones del mismo proveedor e importador.

La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa reconoció el origen declarado de una operación puntual de vajilla de cerámica y ordenó la devolución de las garantías constituidas en ese despacho. Además, dejó exceptuadas de garantía las importaciones del mismo proveedor y del mismo importador, aunque esas operaciones siguen bajo el régimen de control de origen no preferencial.
QUÉ OPERACIÓN QUEDA RECONOCIDA
La resolución alcanza a la vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de cerámica, excepto porcelana, clasificada en la posición N.C.M. 6912.00.00, fabricados y exportados por ROYAL CERAMICS CO. LTD. del Reino de Tailandia e importados por POTIERS HOME DECO S.R.L. de la República Argentina.
El reconocimiento se refiere al Despacho de Importación N° 25 001 IC0 4208824 S, de fecha 6 de octubre de 2025, y se apoya en que esos bienes “cumplen con las condiciones para ser consideradas originarias del REINO DE TAILANDIA”, según el texto oficial. En paralelo, el acto dispone el cierre del procedimiento de Verificación de Origen No Preferencial tramitado en el expediente citado.
QUÉ DEBEN MIRAR LAS EMPRESAS QUE OPERAN CON ESTE ORIGEN
Para las operaciones de importación de vajilla N.C.M. 6912.00.00 en las que conste como exportadora y productora ROYAL CERAMICS CO. LTD. y como importadora POTIERS HOME DECO S.R.L., la norma establece una excepción concreta: no deberán constituirse garantías en los términos del Artículo 3 de la Disposición N° 2/17.
Al mismo tiempo, el texto aclara que esas operaciones “continuarán sujetas a lo dispuesto y al régimen de control de Origen No Preferencial establecido por la Resolución N° 437/07”. En términos prácticos, la excepción alcanza a la garantía, pero no elimina el control de origen sobre futuras destinaciones que encuadren en ese mismo supuesto.
- Verificar que la documentación de importación identifique exactamente a ROYAL CERAMICS CO. LTD. como exportadora y productora.
- Confirmar que POTIERS HOME DECO S.R.L. figure como importadora en las operaciones que pretendan usar la excepción.
- Revisar si la operación sigue alcanzada por el control de origen no preferencial, aunque no deba integrar garantía.
La vigencia rige “a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial”, por lo que la aplicación operativa depende de esa fecha. Para empresas que trabajan con vajilla de cerámica originaria de Tailandia, el punto clave es distinguir entre el reconocimiento de origen de esta operación y la excepción de garantía para operaciones idénticas con el mismo proveedor e importador.



