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    25 de agosto de 2026·NORMATIVA, TRIBUTARIO, COMERCIO-EXTERIOR

    SGI DE ARCA HABILITA EL RIMI CON PLAZOS Y CUPOS

    ARCA implementó el SGI para registrar inversiones del RIMI, seleccionar beneficios y gestionar la presolicitud de IVA con ventanas mensuales y reglas de comprobantes.

    SGI DE ARCA HABILITA EL RIMI CON PLAZOS Y CUPOS

    ARCA puso en marcha el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI) para administrar el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). En la práctica, las empresas alcanzadas deberán usar este servicio para registrar proyectos, cargar inversiones, elegir beneficios y seguir el trámite bajo reglas y plazos específicos.

    QUIÉNES QUEDAN DENTRO DEL SGI

    La resolución alcanza a los sujetos comprendidos en el artículo 179 de la Ley N° 27.802 que cumplan con los requisitos y condiciones del artículo 2° de la Resolución General Conjunta N° 5.849. Para acceder al servicio, el responsable debe tener CUIT activa, alta en los impuestos correspondientes, domicilio fiscal declarado y actualizado sin inconsistencias, código de actividad CLAE vigente y Domicilio Fiscal Electrónico constituido.

    El SGI permite gestionar proyectos de inversión, seleccionar beneficios aplicables y efectuar el seguimiento de la inversión informada. Según el anexo, los beneficios fiscales disponibles no son excluyentes entre sí: amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y devolución de créditos fiscales en el impuesto al valor agregado.

    QUÉ DEBEN CARGAR LAS EMPRESAS Y EN QUÉ PLAZOS

    Para registrar las inversiones productivas, el sistema exige informar la fecha de inicio de la primera inversión productiva, que no podrá ser anterior al 6 de marzo del año 2026. También deben asociarse las inversiones a uno o más proyectos, clasificar cada bien, obra o explotación y vincular comprobantes cuya fecha de emisión sea anterior al 19 de mayo del año 2028, inclusive.

    El anexo enumera ocho tipos de inversión: bienes de capital, bienes de informática y telecomunicaciones, obras, equipos de riego agrícola, equipos de alta eficiencia energética, bienes semovientes, malla antigranizo y minas, canteras y bosques. A cada bien, obra o explotación dada de alta, el sistema asigna un código único para su identificación y seguimiento.

    Para la devolución de IVA, el SGI solo habilita una presolicitud en la solapa “Presentación de presolicitud SIR”; luego, la solicitud formal debe cursarse en los términos de la Resolución General N° 5.173 y sus modificatorias. Esa habilitación opera en febrero, mayo, agosto y noviembre, entre los días 1 y 10, mientras que el cupo fiscal asignado se visualiza entre los días 11 y 15 de esos mismos meses.

    • No se permite reasignar el cupo fiscal de un comprobante a otro.
    • No se habilita la edición del período de la declaración jurada ni del importe del IVA computable asignado.
    • Tras tres períodos fiscales mensuales, los comprobantes con cupo asignado pasan al SIR para formalizar el recupero.

    Para amortización acelerada en Ganancias, la información debe brindarse antes del vencimiento de la declaración jurada en la que se incorpore esa amortización, y los bienes declarados deben coincidir con los informados en el SGI. La resolución entra en vigencia el día de su publicación, por lo que conviene verificar desde cuándo queda operativo el circuito interno de carga y control en cada empresa.

    QUÉ CONVIENE REVISAR ANTES DE OPERAR

    Las compañías que proyecten usar el RIMI deberían validar si sus inversiones encuadran en los tipos admitidos, si los comprobantes cumplen la fecha límite del anexo y si la documentación de respaldo ya está lista para la carga y validación en el sistema. También conviene revisar la coordinación entre la presolicitud de IVA, el cupo fiscal y la posterior presentación formal en SIR para evitar desvíos entre lo informado y lo declarado.