INASE DEROGA EL PROTOCOLO ANTERIOR DE ENSAYOS DE TRIGO
La resolución deja sin efecto el artículo que aprobaba el protocolo de la R.E.T. y remite a la adecuación normativa vinculada al nuevo esquema de trigo pan.

El INASE derogó el artículo que había aprobado el protocolo de la Red de Ensayos Comparativos de Variedades de Trigo (R.E.T.) de 2013. Para las empresas y actores técnicos vinculados al trigo, el punto práctico es que la referencia normativa anterior queda sin efecto y conviene verificar cómo se articula con el nuevo esquema de trigo pan mencionado en la propia resolución.
QUÉ CAMBIA EN LA RED DE ENSAYOS DE TRIGO
La medida es puntual: se deroga el artículo 1° de la Resolución N° 323 de fecha 10 de septiembre de 2013, que había aprobado el protocolo de la R.E.T. El texto no reemplaza ese artículo por un nuevo protocolo dentro de esta misma resolución, sino que se limita a dejar sin efecto la norma anterior.
En los considerandos, la autoridad menciona que la Resolución N° 169 de fecha 9 de septiembre de 2026 encomendó funciones vinculadas al nuevo Protocolo de la Red de Ensayos Comparativos de Variedades de Trigo Pan (R.E.T.) a distintos organismos, entre ellos el INASE, el INTA, el SENASA y la Dirección Nacional de Agricultura. Sin embargo, en el articulado recibido no se transcribe ese nuevo protocolo ni se detallan aquí sus reglas operativas.
QUÉ DEBEN REVISAR LOS OPERADORES DEL SECTOR
Para semilleros, obtentores, técnicos y actores que usan la R.E.T. como referencia de trabajo, el cambio obliga a revisar qué documento rige ahora la operatoria concreta. En esta resolución solo queda claro que el protocolo anterior deja de estar vigente por la derogación del artículo 1° de la Resolución N° 323/2013.
- Verificar qué protocolo o instrucción técnica aplica desde la vigencia de esta medida.
- Revisar si los procedimientos internos citan la Resolución N° 323/2013 como base vigente.
- Confirmar la articulación con la Resolución N° 169/2026 mencionada en los considerandos.
La vigencia también está definida de forma expresa: la resolución entra en vigor “a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL”.



